Bases de la convocatoria de aliados
Última actualización: agosto 2026 (versión 2026-08.1)
Estas Bases rigen el programa de aliados y patrocinadores de Bonimmo, operado por ESTRAGITAL Sociedad por Acciones Simplificada de Capital Variable («la convocante»). Describen cómo se adjudica una plaza de aliado, qué incluye, cuánto dura y qué ocurre si no se paga. Ofertar implica aceptarlas en la versión vigente al momento de ofertar. Para cualquier duda sobre estas Bases escriba a info@bonimmo.org.
¿Hay una convocatoria abierta ahora mismo?
Estas Bases son el reglamento del programa y no dicen si hay un ciclo en curso. El estado vigente —si hay convocatoria abierta, qué plazas quedan, cuál es el piso, cuándo cierra y qué ofertas se han registrado— se publica en la página de la convocatoria, y el resultado de los ciclos ya cerrados también.
Ver el estado de la convocatoria1. Qué son estas Bases
1.1 Objeto
Estas Bases regulan la adjudicación de las plazas del directorio de aliados de Bonimmo: quién puede ofertar, cómo se ordenan las ofertas, cómo se resuelven los cupos por industria, qué se adjudica, por cuánto tiempo y bajo qué condiciones se pierde.
1.2 Quién convoca
La convocante es ESTRAGITAL Sociedad por Acciones Simplificada de Capital Variable, la persona jurídica que opera Bonimmo, contrata con los aliados y emite los comprobantes fiscales. Su domicilio se publica en el Aviso de Privacidad de Bonimmo, que forma parte de estas Bases por remisión.
1.3 Estas Bases no son, por sí solas, una convocatoria abierta
Este documento describe las reglas del programa; no anuncia que haya un ciclo en curso ni constituye una oferta. Una convocatoria existe únicamente cuando se publica un ciclo con sus categorías, su piso mínimo, sus plazas y sus fechas. Mientras no exista un ciclo publicado, no se reciben ofertas, no se adjudica ninguna plaza y nada de lo aquí descrito genera obligación alguna para la convocante frente a quien lea estas Bases.
1.4 Versión, aceptación y constancia
Estas Bases se identifican por la versión que aparece bajo su título (actualmente 2026-08.1). Al registrar una oferta se guarda, junto con ella, la declaración de aceptación, la versión aceptada y la fecha y hora en que se aceptó. Esa constancia es la que rige la oferta: una versión posterior no modifica las ofertas ya registradas ni las plazas ya adjudicadas.
2. Qué se adjudica y qué no
2.1 La plaza de aliado
Una plaza da derecho, durante su vigencia, a: (a) un perfil breve del negocio en el directorio de aliados de Bonimmo; (b) un enlace desde ese perfil al sitio del aliado; (c) una mención en el boletín; y (d) una mención en las redes sociales de Bonimmo. Los dos primeros se entregan al publicar el perfil; los dos últimos se rigen por la cláusula 2.3.
2.2 El enlace se publica con el atributo rel="sponsored"
Todo enlace saliente hacia el sitio de un aliado se publica con el atributo HTML rel="sponsored noopener noreferrer". Esto significa, dicho sin rodeos, que lo que la plaza compra es TRÁFICO DE REFERENCIA y no autoridad de posicionamiento: el enlace no transfiere señales de ranking al sitio del aliado y no debe contratarse esperando que mejore su posición en buscadores. No es una condición negociable ni una preferencia editorial: un enlace de pago sin ese atributo es un esquema de enlaces bajo las políticas públicas de los buscadores, y su sanción alcanzaría a todo el sitio.
2.3 La mención en el boletín y en redes se entrega a mano
No existe ninguna automatización que publique estas menciones: se realizan manualmente. Al adjudicar la plaza, cada una de las dos menciones queda registrada como un compromiso con fecha límite, y se tiene por cumplida cuando se publica y se conserva el enlace permanente de la publicación como constancia. Si una mención llega a su fecha límite sin publicarse, el aliado puede exigir su cumplimiento escribiendo a info@bonimmo.org. La convocante no garantiza alcance, número de vistas, interacciones ni resultado comercial alguno derivado de esas menciones.
2.4 Lo que la plaza no compra
La plaza no otorga: posición preferente en los resultados de búsqueda de propiedades, influencia sobre el contenido editorial o los criterios de clasificación de Bonimmo, acceso a datos de personas usuarias, representación o vocería de Bonimmo, ni exclusividad sobre clientes, zonas o propiedades. Ser aliado no implica que Bonimmo recomiende, avale, certifique o haya evaluado los servicios del aliado.
2.5 El perfil lo aporta el aliado y la convocante lo revisa
El aliado aporta el nombre comercial, el logotipo, la dirección de su sitio y el texto del perfil EN ESPAÑOL Y EN INGLÉS —el sitio se publica en los dos idiomas y la convocante no traduce por el aliado; si sólo se aporta una versión, se publica esa en ambos—, y declara contar con los derechos necesarios sobre ese material. La convocante puede rechazar o pedir que se corrija cualquier elemento que considere engañoso, ilegal, ofensivo o incompatible con Bonimmo, y puede retirar el perfil mientras la corrección no se realice.
3. La fase fundadora
3.1 Nueve plazas, máximo tres por industria
La primera fase del programa se llama fase fundadora y consta de NUEVE plazas en total, con un máximo de TRES plazas por industria. Los dos límites son firmes: alcanzado el cupo de una industria no se adjudican más plazas a esa industria en esa fase, aunque queden plazas libres en el total.
3.2 Seis meses de vigencia
Las plazas fundadoras tienen una vigencia de SEIS meses, equivalente a dos trimestres naturales completos, y vencen al cierre del segundo de ellos. La regla de la cláusula 5.2 se aplica igual: quien entre tarde paga su oferta completa y su plaza vence en la misma fecha que las demás.
3.3 El distintivo «Aliado Fundador» es permanente
Quien haya ocupado y pagado una plaza de la fase fundadora conserva de forma permanente el distintivo «Aliado Fundador», con independencia de que su plaza termine y no se renueve. El distintivo es un reconocimiento histórico: no otorga por sí solo perfil, enlace, mención ni prioridad alguna una vez terminada la vigencia de la plaza.
4. Al cerrar la fase fundadora: re-subasta total
4.1 Sin derecho preferente: nueve plazas se vuelven nueve plazas
Al terminar la fase fundadora, TODAS las plazas vuelven a subastarse desde cero. Los aliados fundadores NO tienen derecho preferente, ni derecho de tanto, ni renovación automática, ni prioridad frente a un tercero que oferte lo mismo: quien esté dentro no hereda su plaza y debe volver a ofertar en igualdad de condiciones. El número total no cambia —nueve plazas fundadoras dan paso a nueve plazas del modelo nuevo—, pero su reparto sí, y nadie tiene garantizado seguir dentro.
4.2 Las dos categorías del modelo nuevo
Terminada la fase fundadora, las nueve plazas se reparten en dos categorías: la categoría Estado, con SEIS plazas y un máximo de DOS por industria; y la categoría México, con TRES plazas y un máximo de UNA por industria. Cada categoría se subasta por separado, con su propio piso mínimo y sus propios cupos.
4.3 Dónde se ve cada categoría
Una plaza de la categoría México aparece en todo el sitio de Bonimmo. Una plaza de la categoría Estado aparece únicamente en las superficies correspondientes a su estado. La diferencia de visibilidad es la razón por la que las dos categorías tienen pisos y cupos distintos.
5. Vigencia, precio y pago
5.1 La plaza vence al cierre del trimestre
Fuera de la fase fundadora, cada ciclo es trimestral y toda plaza adjudicada en él vence al cierre de ese trimestre, sea cual sea la fecha en que se adjudicó. La vigencia se cuenta hasta el cierre del periodo publicado del ciclo, no desde la fecha de pago ni desde la de publicación del perfil.
5.2 Sin prorrateo
El precio adjudicado se paga COMPLETO, con independencia de cuánto tiempo reste del periodo. Quien entre tarde —porque quedaban plazas libres y se admitió su oferta después de la adjudicación inicial— paga el importe íntegro de su oferta y su plaza vence en la misma fecha que las demás. No hay prorrateo, descuento por tiempo restante, devolución parcial ni traslado del remanente al periodo siguiente.
5.3 El pago es condición de la publicación
La adjudicación no publica nada por sí sola. El perfil, el enlace y los compromisos de difusión se activan cuando el pago se recibe y se registra. Mientras el pago no se acredite, la plaza permanece adjudicada pero no vigente, y el aliado no aparece en ninguna superficie pública.
5.4 Forma de pago y comprobante fiscal
El pago se realiza por transferencia electrónica de fondos a la cuenta que la convocante indique al adjudicar, dentro del plazo que se comunique en ese mismo acto. No se aceptan pagos con tarjeta ni domiciliación. El precio de una plaza se paga ÍNTEGRAMENTE EN DINERO, en pesos mexicanos: el dinero es la única contraprestación que el programa admite, y no se acepta ninguna otra. La convocante emite el comprobante fiscal digital que corresponda al pago recibido.
6. Cómo se adjudica: subasta ascendente pública
6.1 La oferta es pública, vinculante y sólo sube
Las plazas se adjudican por subasta ascendente pública: mientras el ciclo esté abierto, las ofertas registradas son visibles y cualquiera puede superarlas. Cada postor mantiene UNA sola oferta viva por categoría y puede aumentarla las veces que quiera; una oferta registrada no puede reducirse. Ofertar obliga: si la oferta resulta ganadora y no es vetada, el postor queda obligado a pagarla en los términos de la cláusula 5.4.
6.2 Piso mínimo e incremento mínimo
Cada categoría de cada ciclo tiene un piso mínimo publicado por debajo del cual no se admite ninguna oferta, y un incremento mínimo por debajo del cual no se admite ninguna subida. Ambos importes se publican con el ciclo y rigen tal como estén publicados al momento de ofertar.
6.3 Qué se publica de cada oferta y qué nunca
De cada oferta admitida se publica el nombre del negocio, su industria, el importe ofertado y la hora de registro. NUNCA se publican el correo electrónico, el teléfono ni ningún otro dato de contacto del postor. El tablero de ofertas puede no publicarse mientras el número de ofertas registradas sea muy bajo, para no exponer posiciones individuales en un tablero casi vacío.
6.4 Cierre, extensión y cierre definitivo
Cada ciclo tiene una fecha de cierre publicada. Una oferta registrada en los minutos finales que MODIFIQUE el conjunto de ofertas ganadoras extiende automáticamente el cierre, para que las ofertas afectadas puedan responder; una oferta que no cambie ese conjunto no lo extiende. Las extensiones nunca rebasan la fecha de cierre definitivo publicada con el ciclo, que es el límite absoluto y no se mueve.
6.5 Exclusividad por industria: una oferta más alta puede perder
Las plazas se asignan recorriendo las ofertas de mayor a menor importe y respetando, a la vez, el total de plazas y el cupo por industria. En consecuencia, y esto es deliberado: UNA OFERTA MÁS ALTA PUEDE PERDER FRENTE A UNA MÁS BAJA si la industria de la primera ya alcanzó su cupo y la de la segunda no. No es un error ni un trato preferente: es la exclusividad por industria funcionando, y es la razón por la que el cupo libre de cada industria se publica antes de ofertar.
6.6 Empates y adjudicación
Entre dos ofertas del mismo importe gana la registrada primero. Cerrado el ciclo, la convocante adjudica las plazas conforme al resultado y comunica a cada adjudicado su precio y su plazo de pago. Al cerrar el ciclo se publica el precio final de cada plaza adjudicada.
7. Facultades reservadas de la convocante
7.1 Veto sin expresión de causa
La convocante se reserva expresamente el derecho de VETAR cualquier oferta SIN EXPRESAR CAUSA, en cualquier momento anterior a la adjudicación. Una oferta vetada queda fuera del cálculo del resultado aunque fuera la más alta, y su postor no adquiere derecho alguno, ni a la plaza, ni a indemnización, ni a explicación. El veto no puede ejercerse después de adjudicar y de cada veto queda registro interno con su autor y su fecha. Quien no acepte esta facultad no debe ofertar.
7.2 Confirmación de la industria
El postor elige su industria del catálogo al ofertar, y la convocante la confirma o la corrige antes de adjudicar. Como el cupo se cuenta por industria, una corrección puede cambiar el resultado: una oferta reclasificada a una industria con el cupo lleno deja de resultar ganadora.
7.3 El catálogo de industrias es cerrado
Las industrias forman un catálogo cerrado que la convocante aprueba y mantiene. Se puede proponer una industria nueva, y la convocante decide si la incorpora; ninguna oferta se admite fuera del catálogo vigente.
7.4 Suspender, prorrogar o declarar desierto un ciclo
La convocante puede prorrogar el plazo de un ciclo, suspenderlo o declararlo desierto en todo o en parte, antes de adjudicar. En ese caso las ofertas registradas quedan sin efecto, no generan obligación de pago y sus postores no adquieren derecho a indemnización.
8. Incumplimiento de pago
8.1 Cascada: la plaza pasa al siguiente A SU PROPIO PRECIO
Si un adjudicado no paga dentro de su plazo, pierde la plaza y ésta pasa al siguiente postor que corresponda según el resultado, QUE LA PAGA A SU PROPIO PRECIO OFERTADO y no al del incumplidor. Es una regla y no una cortesía: hace que ofertar alto para desplazar a otro y luego no pagar no le sirva de nada a quien lo intente, y que quien recibe la plaza pague exactamente lo que ofreció.
8.2 Bloqueo del postor incumplidor
El postor que no pague una plaza adjudicada queda BLOQUEADO y no podrá registrar ofertas en ciclos posteriores durante el periodo que la convocante determine. El bloqueo se aplica al postor, identificado por su correo electrónico de contacto, y es independiente de cualquier otra acción que corresponda.
8.3 No hay depósito ni garantía
No se exige depósito, anticipo ni garantía para ofertar. En consecuencia, la oferta obliga en el plano contractual y reputacional —cascada, bloqueo y constancia del incumplimiento—, no mediante una garantía financiera. La convocante puede introducir depósitos o garantías en ciclos futuros; de hacerlo, lo publicará en las Bases del ciclo correspondiente.
9. Datos personales y comunicaciones
9.1 Confirmación de la oferta por correo
Toda oferta requiere confirmarse desde el enlace que se envía al correo indicado al registrarla. Sin esa confirmación la oferta no entra al tablero, no compite y no se adjudica. El enlace de confirmación es además el acceso del postor a su oferta, para subirla, consultarla o retirarla mientras el ciclo siga abierto: quien disponga del enlace puede operar la oferta, así que debe conservarse en privado.
9.2 Tratamiento de datos personales
Los datos de contacto que se aporten al ofertar se tratan conforme al Aviso de Privacidad de Bonimmo y se usan para gestionar la oferta, la adjudicación, el cobro y las comunicaciones del programa. El nombre del negocio, su industria, el importe y la hora de la oferta son públicos en los términos de la cláusula 6.3; los datos de contacto no lo son.
9.3 Comunicaciones
Las comunicaciones relativas a una oferta o a una plaza se realizan por correo electrónico a la dirección registrada por el postor y a info@bonimmo.org. Es responsabilidad del postor mantener esa dirección operativa y vigilada durante el ciclo.
10. Disposiciones finales
10.1 Cambios a estas Bases
La convocante puede modificar estas Bases. Cada modificación se publica en esta página con una versión nueva y su fecha. Las ofertas registradas y las plazas adjudicadas se rigen por la versión que se aceptó al registrarlas; una versión nueva rige para las ofertas posteriores a su publicación.
10.2 Relación con los Términos y con el Aviso de Privacidad
Estas Bases se aplican de forma específica al programa de aliados y complementan los Términos y Condiciones y el Aviso de Privacidad de Bonimmo, que forman parte de ellas por remisión. En lo relativo al programa de aliados, prevalece lo dispuesto en estas Bases.
10.3 Estas Bases las redacta la convocante y no se negocian
El contenido de estas Bases lo redacta unilateralmente la convocante y se ofrece en los mismos términos a todos los postores. No se negocian cláusula por cláusula: ofertar supone aceptarlas íntegramente en su versión vigente, o abstenerse. Se hace constar así de forma expresa para que su naturaleza y el régimen que les corresponda puedan determinarse leyendo el propio texto.
10.4 Ley aplicable, idioma y jurisdicción
Estas Bases se rigen por las leyes de los Estados Unidos Mexicanos. Se publican en español y en inglés; en caso de discrepancia entre ambas versiones prevalece la española. Para su interpretación y cumplimiento las partes se someten a los tribunales competentes de Oaxaca de Juárez, Oaxaca, sin perjuicio de los derechos que la legislación de protección al consumidor reconozca a quien tenga esa calidad, incluida la competencia de la autoridad correspondiente.
10.5 Contacto
Para cualquier duda, aclaración o notificación relativa a estas Bases, al programa de aliados o a una oferta registrada, escriba a info@bonimmo.org.